De la Redacción
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció nuevas disposiciones contenidas en la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, destacando un cambio significativo relacionado con el Buzón Tributario. Las multas por no habilitar este canal de comunicación fiscal, previstas inicialmente para entrar en vigor en enero de 2025, se han recorrido hasta enero de 2026.
Esto significa que los contribuyentes tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario. A partir de 2026, quienes incumplan con esta obligación fiscal estarán sujetos a sanciones económicas.
¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es un canal de comunicación digital diseñado para facilitar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de interés a los contribuyentes de manera ágil y segura. Desde 2020, habilitar este buzón y mantener actualizados los medios de contacto es una obligación fiscal para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Excepciones:
•Personas físicas y morales con situación fiscal de cancelados o suspendidos en el RFC.
•Personas físicas sin obligaciones fiscales ni actividad económica.
•Contribuyentes asalariados y asimilados a salarios cuyos ingresos anuales sean inferiores a 400 mil pesos en el ejercicio inmediato anterior.
Multas por no activar el Buzón Tributario
El SAT especificó que quienes no activen el Buzón Tributario estarán sujetos a multas que van desde 3,850 pesos hasta 11,540 pesos. Aunque la entrada en vigor de estas sanciones se ha postergado hasta 2026, es recomendable que los contribuyentes cumplan con este requisito lo antes posible para evitar contratiempos.
¿Cómo activar el Buzón Tributario?
Habilitar el Buzón Tributario es un proceso sencillo que requiere los siguientes pasos y documentos:
Documentos necesarios:
•Personas morales: e.firma o firma electrónica.
•Personas físicas: e.firma, e.firma portable o Contraseña.
•Un número de teléfono celular y hasta cinco correos electrónicos válidos.
Pasos a seguir:
1.Ingresar al portal oficial del SAT.
2.Seleccionar la opción Buzón Tributario.
3.Iniciar sesión con la e.firma o contraseña.
4.Ir a la sección Configuración y registrar el número de celular y correos electrónicos.
5.Capturar el código de activación recibido vía SMS para completar el proceso.
Recomendación
El SAT enfatiza la importancia de habilitar el Buzón Tributario para evitar multas y facilitar la comunicación con las autoridades fiscales. Este canal no solo agiliza el cumplimiento de las obligaciones fiscales, sino que también asegura la recepción oportuna de notificaciones relevantes.