Viernes 24 Julio 2026

De la Redacción

Washington.- El representante comercial de Estados Unidos, Jamieson Greer, anunció este jueves la imposición de aranceles a 60 países, entre ellos México, al señalar que no han adoptado o aplicado de manera efectiva prohibiciones a la importación de bienes producidos mediante trabajo forzado.

Esa falla, señaló Greer en un comunicado, ha supuesto "una carga o restricción para el comercio de Estados Unidos, por lo que es susceptible de ser objeto de medidas en virtud de la Sección 301(b) de la Ley de Comercio".

El anuncio tiene lugar horas antes de que expire, esta medianoche, el arancel global del 10% que había impuesto el presidente Donald Trump, y que la Corte Suprema invalidó.

De acuerdo con lo informado por la Oficina del Representante Comercial (USTR), el esquema se dividirá en tres niveles:

Arancel del 10%: para países que no han logrado hacer cumplir de manera efectiva la prohibición. En este grupo se encuentra México, junto con Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, India, Indonesia, Jordania, Malasia, Pakistán, Sri Lanka, Trinidad y Tobago y Reino Unido.

Arancel de 10 a 12.5%, una vez deducido el tipo de la nación más favorecida (NMF): incluye a la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea y Suiza.

Arancel de 12.5%: para países a los que Estados Unidos acusa de no haber impuesto siquiera una prohibición a la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso. La lista incluye, entre otros, a Argelia, Angola, Australia, Las Bahamas, Bahréin, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Perú, Rusia y Venezuela.

Por instrucciones del presidente Donald Trump, habrá excepciones para:

  1. Materias primas que, de estar sujetas a estos aranceles, podrían provocar la falta de disponibilidad de suministro nacional.
  2. Productos que podrían causar perturbaciones en toda la economía si estuvieran sujetos a estos aranceles.
  3. Productos que no pueden cultivarse o producirse en cantidades suficientes o a precios razonables en Estados Unidos, ni obtenerse de otras fuentes.
  4. Ciertos productos de Argentina, Bangladesh, Camboya, Ecuador, El Salvador, la Unión Europea, Guatemala, Indonesia, Jordania, Malasia, Suiza, Taiwán o el Reino Unido que alentarían a estas economías a cumplir con los compromisos relativos a las prohibiciones de importación de productos elaborados mediante trabajo forzado o a promulgar y hacer cumplir de manera efectiva una prohibición.
  5. Artículos para los cuales estos aranceles podrían no contribuir sustancialmente a la eliminación de los actos, políticas y prácticas que se determinó que son objeto de acción en las investigaciones.

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