Redacción
A partir del 1 de enero de 2020, entra en vigor el Reglamento Municipal de Protección Ambiental, que prohíbe en Tehuacán, entre otras cosas, el uso de recipientes de unicel y plástico de un solo uso.
Restringe también el uso de popotes, salvo en caso de que su uso sea indispensable para el usuario por cuestiones de salud o motricidad.
Establece que si la bebida no puede ser tomada directamente del envase, se deberá usar un popote biodegradable, de aluminio u otro material reutilizable.
En su artículo 118, refiere que queda prohibido liberar globos hacia el espacio atmosférico, independientemente del material con que estén elaborados, debido a que contaminan el medio ambiente.
Por otra parte, se sancionará a quienes permitan que sus mascotas deambulen solas por las calles, sin collar, correa sujetadora o sin identificador.
Además, el dueño estará obligado a recoger las excretas que vierta el animal en la vía pública.
Con el fin evitar la contaminación acústica, prohíbe detonar cohetes, juegos pirotécnicos o similares, que ocasionen estruendo o vibraciones perturbando el ecosistema.
La normativa incluye a establecimientos comerciales y de servicios, además de centros de trabajo e instituciones educativas.
Las sanciones aplicables van de 20 hasta 100 medidas de actualización (UMA), en el entendido que cada UMA equivale a 84.49 pesos.